Under Pressure x Queen

Presión
Aplastándome
presión aplastándote a ti
ningún hombre la pide.
Bajo presión
Ese fuego que
derriba un edificio
divide a una familia en dos,
pone a l gente en las calles.

La maldita máquina de matar x Billy Bond y la pesada del Rock and Roll

Tengo que derretir esa máquina de matar,
tengo que derretir esa maldita máquina de matar.
Para que nunca más vuelva
a destruir lo que hacemos con amor, amor.

Desencuentro x Almafuerte

Estás desorientado y no sabés,
qué bondi hay que tomar, para seguir.
Y en triste desencuentro con la fé,
querés cruzar el mar, y no podés.
La araña que salvaste te picó.
Qué vas a hacer.
Y el hombre que ayudaste te hizo mal,
dale que vá.
Y todo un carnaval, gritando pisoteó,
la mano fraternal que Dios te dió.

sábado, 20 de abril de 2013

Ley de Medios


La Cámara Federal declaró inconstitucional uno de los artículos clave de la Ley de medios

Es una parte del 45, que regula la multiplicidad de licencias. También objetó el 48, que habla sobre derechos adquiridos. Mantuvo la validez del 41, referido a las transferencias de licencias y del 161, que establece el plazo de adecuación. 
17/04/13 - 18:54
Los jueces de la Cámara Civil y Comercial Federal resolvieron que el corazón del artículo 45 y todo el artículo 48 de la Ley de medios audiovisuales son inconstitucionales; y por lo tanto, que el Grupo Clarín no tiene que desprenderse de Canal 13, parte de Cablevisión ni de sus señales de la TV por cable.
El Gobierno apelará el fallo ante la Corte Suprema, ya que esta decisión de la Justicia desarma el núcleo duro de la multiplicidad de licencias que había establecido el kirchnerismo para desguazar al Grupo Clarín.
A través de un extenso fallo, difundido esta tarde por el Centro de Información Judicial (CIJ) y rubricado por Ricardo Guarinoni, Graciela Medina y Francisco de las Carreras, los jueces declararon la inconstitucionalidad de la parte central del artículo 45, porque establece un régimen de licencias discriminatorio, que le quita sustentabilidad a los medios privados y que favorece a los medios estatales y a los grupos que tienen negocios con el Estado. Ese artículo limitaba arbitrariamente las licencias que no usan espectro, como los cables y las señales audiovisuales. A las empresas de TV satelital y telecomunicaciones les permitía llegar a 2.200 ciudades, mientras que a los cables sólo a 24; así como impedía tener un canal de televisión abierta y una operación de TV por cable en una misma ciudad. Estas limitaciones no tenían antecedentes internacionales.
Al establecer la inconstitucionalidad de esos aspectos de la ley de medios, los jueces definieron que ya no tenía sentido mantener la inconstitucionalidad del artículo 161, que establece en un año el plazo de adecuación de los grupos a la ley de medios, porque ya no se afecta el régimen de licencias, ni los derechos adquiridos.
Luego de reseñar los argumentos esgrimidos por los abogados del Grupo clarín y de la Jefatura de Gabinete, los jueces declararon "la inconstitucionalidad de las normas contenidas en el artículo 45, apartado 1, inciso C y párrafo final (...) apartado 3 en su totalidad, incluso en la limitación a la titularidad del registro de una señal de contenidos". A la vez, declararon inconstitucional el artículo 48, ya que establecía que previo a la adjudicación de licencias, se debía verificar la existencia de vínculos societarios que exhiban procesos de integración verticual u horizontal; y también establecía que el régimen de multiplicidad de licencias no podía alegarse como derecho adquirido frente a las normas que se establezcan en esta ley o en el futuro.
De haberse aplicado el artículo 45 y el 48 tal como pretendía el Gobierno, Clarín tendría que haberse desprendido de TN, El Trece Satelital, Magazine o Metro. Esa restricción sería en perjuicio de la libertad de expresión, ya que permanecerían las señales que están ligadas al Gobierno, a través de la publicidad oficial. Además, Clarín hubiera tenido que optar entre mantener Canal 13 o Cablevisión en Buenos Aires, y también desinvertir su oepración de TV por cable en numerosas ciudades, donde también tenía que abandonar el servicio de Internet de Fibertel.
Cuatro meses después de que el juez Horacio Alfonso declaró la constitucionalidad de la ley de medios, la Cámara Civil y Comercial revocó ese fallo y declaró la inconstitucionalidad de parte del artículo 45 y de todo el artículo 48 de la ley de medios. Esa misma Cámara fue la que desactivó el 7D que había armado el Gobierno, cuando el 6 de diciembre prorrogó la medida cautelar, que ahora ya no es necesaria, porque el Grupo Clarín casi no excede la nueva multiplicidad de licencias que fijó la Cámara.

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